jueves, 1 de septiembre de 2016

Nuevos requisitos para los talleres en materia de Prevención de Riesgos Laborales

La Federación Española de Empresarios Profesionales deAutomoción (CONEPA), entidad a la que pertenece ASBOC (Asociación de Servicios Bosch), ha consultado a los servicios técnicos competentes sobre si es de aplicación en el sector de la reparación y mantenimiento de vehículos el Real Decreto 299/2016, de 22 de julio, relativo a la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a campos electromagnéticos, publicado el pasado 29 de julio en el Boletín Oficial del Estado y en vigor desde el día siguiente.
Según ha informado CONEPA en un comunicado, la respuesta, efectuada por vía telefónica por razones de urgencia, ha sido afirmativa, aunque la entidad ha anunciado que volverá a realizarla por escrito y por registro administrativo la consulta para tener confirmación formal de la misma.
El objetivo del citado Real Decreto se centra en establecer las disposiciones mínimas para la protección de los trabajadores de los riesgos para la salud y su seguridad derivados o que puedan derivarse de la exposición a campos electromagnéticos durante su trabajo.
Cualquier campo electromagnético es objeto de control pues la norma así lo establece para rangos de entre 0 Hz y 300 GHz. Como consecuencia, aquellos talleres en los que se realicen operaciones eléctricas deben cumplir con sus requerimientos.
Es por ello que en un informe realizado para sus asociaciones, la federación aconseja a las empresas del sector advertir de las operaciones eléctricas que realizan a los Servicios de Prevención, en los que se apoyan para cumplir la normativa de PRL (Prevención de Riesgos Laborales).

Regulación de los riesgos laborales por exposición a campos electromagnéticos

En cumplimiento de la Ley 31/1995 de PRL, los riesgos derivados de la exposición a campos electromagnéticos (previamente identificados en la evaluación de riesgo) deberán eliminarse en su origen o reducirse al nivel más bajo posible. Sobre esta evaluación, el empresario tendrá la obligación de elaborar y aplicar un plan de acción que incluya medidas técnicas y/o de organización destinadas a evitar que la exposición supere los Valores Límite de Exposición (VLE).
El paraguas del nuevo decreto protege a los trabajadores de los efectos biofísicos directos conocidos y de los efectos indirectos, aunque no aborda los posibles efectos a largo plazo ni los riesgos derivados del contacto con materiales conductores en tensión.
En un primer informe de valoración de la norma realizado para sus asociaciones, CONEPA aconseja a las empresas del sector que se pongan en contacto con su Servicio de Prevención Ajeno para que sus técnicos lo tengan en cuenta en la evaluación de sus riesgos laborales y determinen si le es de aplicación a cada empresa en concreto, en función de las operaciones que se realicen en ella.
El Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo ha informado de que elaborará y mantendrá actualizada una guía técnica de carácter no vinculante para la evaluación y prevención de los riegos derivados de la exposición a campos electromagnéticos en los lugares de trabajo.