lunes, 24 de septiembre de 2018

Un tercio de las plantillas de los talleres debería estar formada en PRL antes de octubre

Las asociaciones integradas en Conepa, Federación Española de Empresarios Profesionales de Automoción de la que Asboc es miembro, están recordando a sus talleres asociados la obligación de cumplir con lo establecido en materia de formación en Prevención de Riesgos Laborales (PRL) por el II Convenio Colectivo Estatal de la Industria, la Tecnología y los Servicios del Sector del Metal, publicado en el BOE a mediados del año pasado.

En base a ello, deben respetar el plazo máximo de tres años para formar a sus trabajadores, a razón de, al menos, un sexto de sus plantillas por cada semestre (contando desde octubre 2017). En consecuencia, el próximo 1 de octubre los talleres españoles deberían haber formado a un tercio de sus operarios (el 33% de la plantilla).

Como ya contamos en la web de Asboc, la formación mínima obligatoria en PRL que los trabajadores del taller deben recibir se puede resumir de esta forma:
  • Directivos: Duración mínima de 6 horas. La impartición podrá ser presencial o en teleformación.
  • Administrativos: Duración mínima de 6 h y la modalidad de impartición será presencial o en teleformación.
  • Electromecánicos y carroceros/pintores: Con una duración mínima de 20 h impartida de manera presencial.
  • Trabajadores con funciones preventivas (responsable de prevención de riesgos laborales de cada taller): Tendrá una duración mínima de 50 h, que podrá impartirse con 20 h presenciales y 30 h en la modalidad de teleformación.
También se prevé un reciclaje obligatorio cada tres años con un duración de cuatro horas. Para acreditar esta formación se creará una Tarjeta Profesional del Sector del Metal expedida por la Fundación del Metal para la Formación (FMF) en la que se recogerá la información recibida por el titular, trámite que, a fecha de hoy, "todavía está pendiente de procedimiento", según señalan desde Conepa.

Conepa es entidad homologada para impartir los cursos de Prevención de Riesgos Laborales que los talleres deben realizar obligatoriamente.