miércoles, 6 de enero de 2021

¿Es importante disponer de la autorización expresa del cliente aceptando la modificación de su presupuesto inicial?

El taller puede recibir una sanción administrativa si no dispone de la debida autorización expresa del usuario aceptando la modificación de su presupuesto inicial de reparación. 

Tal y como informan desde la Unió d’Empresaris d’Automoció de Catalunya, miembro como Asboc, de Conepa, en algunas ocasiones, estos expedientes pueden acabar en sanciones económicas para el centro de reparación si la autoridad administrativa así lo resuelve, independientemente de los posibles recursos admisibles en derecho.

Para que evitar esta situación, la asociación recuerda que se debe informar al usuario, en el plazo máximo de 48 horas, de las averías o defectos ocultos que puedan aparecer durante la reparación del vehículo, con expresión de su importe, y solicitar del cliente su autorización para llevar a cabo la reparación. Asimismo, recomiendan que esta autorización se recaude por escrito.

A ojos de la UEAC, además de ser una obligación legal, es “una práctica que, aunque choca con los tiempos tan ajustados del reparador en su día a día, le otorga seguridad jurídica en el supuesto de que posteriormente se plantee alguna queja por parte del consumidor”.

¿Qué debe contener el presupuesto?

No está de más recuerdar que todos los usuarios de talleres de reparación tienen derecho a recibir un presupuesto escrito sobre las tareas a realizar a sus vehículos. De igual forma, siempre que el vehículo quede en depósito en el taller, aunque sea unas horas con el objeto de que se le realice un presupuesto o la reparación o mantenimiento en sí, tienen que recibir obligatoriamente un resguardo de depósito.

De este modo, el cliente tiene derecho a que se le entregue el presupuesto solicitado o el vehículo reparado en un plazo ajustado, razonable y proporcional a la entidad de la avería y/o las operaciones a realizar.

Además, el usuario podrá desistir del encargo realizado en cualquier momento, abonando al taller el importe por los trabajos efectuados hasta la retirada del vehículo.

¿Y qué debe reflejar el presupuesto? El presupuesto debe contener, de acuerdo a la ley la siguiente información:

  • El número de identificación fiscal y el domicilio del taller.
  • El nombre y domicilio del usuario.
  • La identificación del vehículo, con expresión de marca, modelo, matrícula y número de kilómetros recorridos.
  • Reparaciones a efectuar, elementos a reparar o sustituir y/o cualquier otra actividad, con indicación del precio total desglosado a satisfacer por el usuario.
  • La fecha y la firma del prestador del servicio.
  • La fecha prevista de entrega del vehículo ya reparado, a partir de la aceptación del presupuesto.
  • Indicación del tiempo de validez del presupuesto.
  • Espacio reservado para la fecha y la firma de aceptación por el usuario.