jueves, 3 de noviembre de 2016

¿El impuesto del gas fluorado 134a se tendrá que pagar en su totalidad en el 2017?

En el 2013 se creó el Impuesto de Gases Fluorados, una nueva fiscalidad medioambiental que recaía directamente en las operaciones de carga de los equipos de climatización de los vehículos. En su momento se estableció un régimen transitorio con reducción de la tasa de los tipos impositivos para los ejercicios 2014 y 2015.

En 2016 se amplió un año más ese período de prórroga pero a dos meses de que finalice el año, CONEPA (Federación Española de Empresarios Profesionales de Automoción), entidad de la que forma parte ASBOC (Asociación de Servicios Bosch), quiere saber qué pasará en 2017. Si se prorroga una año más el régimen transitorio o habrá que abonar ya el impuesto en su totalidad, con lo que se pasaría de pagar 17,16 a 26 euros/kilo, encareciendo así las operaciones de carga de gas en los vehículos.

Por ello CONEPA se ha dirigido al servicio competente del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente (MAGRAMA) para peguntarle a propósito de la situación en 2017, del pago del impuesto que grava el gas fluorado 134a.

¿Desde cuándo se implanta el Impuesto de Gases Fluorados?


La Ley 16/2013, que implantó determinadas medidas en materia de fiscalidad medioambiental, creó en su artículo 5 el Impuesto de Gases Fluorados. En el punto dieciocho del artículo se establecía un régimen transitorio de los tipos impositivos (26 euros/kilo para el gas 134a) para los ejercicios 2014 y 2015: así, durante el primero la cantidad a abonar por tal concepto quedó fijada en 8.58 euros/Kg y, en el segundo ejercicio, en 17,16 euros/Kg.

Desde el 2016 el tipo impositivo debía comenzar a aplicarse en su totalidad (26 euros/kg) pero, debido a la falta de existencia de un gas sustitutivo con menor potencial de calentamiento, la autoridad competente decidió mantener el régimen transitorio y la misma cantidad correspondiente a 2015 durante el nuevo ejercicio.